¿Cuáles son las diferencias entre aviso y alerta?
Lo escuchamos y vemos a menudo en prácticamente todos los medios de comunicación, pero debéis saber que está mal dicho y te explicamos por qué:
Como decimos, prácticamente todos los medios de comunicación, cuando la AEMET activa AVISOS por «x» fenómenos meteorológicos lo llaman ALERTA, un gran error. Pero ¿sabes cuales son las diferencias entre aviso y alerta?
Si hablamos de AVISOS meteorológicos tendremos que hablar del Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (Meteoalerta), que pretende facilitar la más detallada y actualizada información posible sobre los fenómenos atmosféricos adversos que puedan afectar a España hasta un plazo máximo de 60 horas, así como mantener una información continuada de su evolución una vez que han iniciado su desarrollo.
Se contemplan los siguientes fenómenos: lluvias, nevadas, vientos, tormentas, temperaturas extremas, fenómenos costeros (viento y mar), polvo en suspensión, aludes, galernas cantábricas, rissagas en Baleares, nieblas, deshielos, olas de calor y de frío y tormentas tropicales.
Para establecer los umbrales se ha evaluado tanto la “rareza” del fenómeno, ya que, cuanto mayor sea ésta, menos preparada está la población para enfrentarse a sus efectos, como la adversidad para dicha población.
En cambio, las ALERTAS ya no son objetivas como los avisos meteorológicos. No siempre los avisos y las alertas van de la mano. AEMET puede emitir un aviso naranja por fuertes vientos a más de 1.400 metros de altura y la administración no decretar una alerta por entender que a esa altura no afecta a la población.
Además, cada administración puede decretar sus propias alertas en función de la zona de su competencia. Las alertas se decretan teniendo o no, como referencia, a los avisos y dependiendo de su nivel. Afectan en mayor o menor medida a los ciudadanos.